Fijan aumento salarial de un 25 % para operadores de maquinaria pesada en el sector agrícola

En un paso significativo para la dignificación de la mano de obra en el campo dominicano, el Ministerio de Trabajo anunció la aprobación de un incremento salarial del 25 % para los operadores de máquinas pesadas vinculados al área agrícola. La medida quedó formalizada a través de la Resolución 11/2026 del Comité Nacional de Salarios (CNS), producto del consenso alcanzado entre los representantes de los trabajadores, los empleadores y las autoridades gubernamentales.
Con esta disposición, el sueldo mínimo mensual de estos trabajadores experimenta un salto de RD$22,000 a RD$27,500 en todo el territorio nacional. El titular de la cartera laboral, Eddy Olivares Ortega, subrayó que este ajuste representa el fruto del diálogo social tripartito, orientado a recompensar el esfuerzo técnico y físico de quienes impulsan la productividad agropecuaria y garantizan la seguridad alimentaria del país.
Ajuste generalizado en las tarifas por faena
El impacto de la resolución va más allá del salario base mensual, ya que contempla una actualización equivalente del 25 % en el pago de las distintas modalidades y tareas agrícolas que ejecutan estos maquinistas. Entre los nuevos valores aprobados destacan:
- Corte de arado: RD$23.70 por tarea.
- Fangueo: RD$116.53 por tarea.
- Nivelación con gredar: RD$183.63 por tarea.
- Recolección de arroz y maíz: RD$16.88 por saco.
- Recolección de sorgo: RD$8.38 por saco.
El tarifario revisado también abarca labores de rastra, surqueo, siembra, aporque, chapeo, abonado, zanjeo, fumigación y micronivelación, estandarizando de manera transparente la compensación por labor técnica en el terreno.
Condiciones laborales y cumplimiento normativo
La normativa aclara que el personal de apoyo, como ayudantes, tractoristas de acarreo y vigilantes de maquinaria, pasará a percibir la remuneración mínima estipulada para el sector privado no sectorizado. Del mismo modo, se instruye a las empresas del agro a mantener un control formal y detallado del registro de horas diarias trabajadas por cada empleado.
Asimismo, el CNS ratificó el principio de derechos adquiridos amparado en el artículo 217 del Código de Trabajo, garantizando que aquellos colaboradores que actualmente devenguen un salario superior a la nueva base legal conservarán sus ingresos íntegros. Las autoridades recalcaron que estas revisiones periódicas buscan proteger el poder adquisitivo de las familias trabajadoras sin comprometer la competitividad del sector productivo nacional.