Proyecto de ley frenará por diez años la apertura de nuevas bancas de apuestas en República Dominicana

La Cámara de Diputados dio luz verde a un ambicioso proyecto de ley de juegos de azar que busca poner orden en un mercado visiblemente saturado. La disposición central, contenida en el artículo 191 del texto legislativo, establece una moratoria de diez años durante los cuales el Estado no otorgará nuevas licencias para la apertura de establecimientos de apuestas en todo el territorio nacional.
Esta medida responde a una realidad técnica ineludible: según los registros de la Dirección de Casinos y Juegos de Azar del Ministerio de Hacienda y Economía, el país cuenta actualmente con más de 71,000 bancas de lotería y deportivas formalmente registradas. Durante años, la proliferación descontrolada de estos puntos de venta sobrepasó la capacidad de supervisión e inspección estatal. Con este congelamiento temporal, las autoridades buscan invertir la dinámica: primero depurar, validar, interconectar y fiscalizar el universo existente antes de autorizar cualquier expansión futura.
Amnistía fiscal e incentivos para la regularización
Para facilitar el ordenamiento del sector, el proyecto contempla en su artículo 192 una amnistía condicionada. En coordinación con el Ministerio de Hacienda y Economía y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), se habilitará un régimen especial de descuentos sobre deudas acumuladas por atrasos tributarios y tasas devengadas hasta diciembre de 2025. Este beneficio aplicará exclusivamente para aquellos operadores que completen su proceso de regularización e inscripción.
Asimismo, la pieza legislativa amplía los plazos de registro para las bancas de lotería, agencias y puntos de venta que se acogieron al plan dispuesto mediante el Decreto núm. 197-26, garantizando continuidad jurídica al proceso de saneamiento ya iniciado en el país.
Excepción turística y respeto a los derechos adquiridos
La normativa excluye explícitamente de la veda de diez años a los casinos ubicados en hoteles y polos turísticos. De acuerdo con el artículo 49, estos negocios solo podrán operar en complejos hoteleros de cuatro estrellas o más, garantizando un estándar de alta inversión, trazabilidad y supervisión reforzada, por lo que quedan exentos también de las restricciones de distancia mínima entre locales.
Finalmente, la legislación aclara que la moratoria operará hacia el futuro sin vulnerar derechos adquiridos ni situaciones jurídicas consolidadas (artículos 181 y 182). Los operadores actuales mantendrán su derecho a la renovación periódica de sus licencias, siempre que superen las evaluaciones técnicas y cumplan con los requerimientos legales vigentes.