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Más de 249 mil extranjeros han formalizado su residencia en República Dominicana: conozca las vías legales para vivir en el país

Publicadojueves, 3 de septiembre de 2026, 2:00 p. m.
Más de 249 mil extranjeros han formalizado su residencia en República Dominicana: conozca las vías legales para vivir en el país

La República Dominicana continúa afianzándose no solo como uno de los polos turísticos más codiciados del Caribe, con más de 7.7 millones de visitantes registrados en los primeros siete meses de 2026, sino también como un destino de arraigo para miles de ciudadanos foráneos. De acuerdo con los registros abiertos de la Dirección General de Migración (DGM), entre 2018 y 2026 el Estado dominicano ha otorgado 249,707 residencias distribuidas en las tres categorías matrices que rige la ley: temporales, definitivas y permanentes.

El marco legal dominicano ofrece distintas vías para aquellos extranjeros que deciden trasladar su vida laboral, familiar o sus planes de jubilación a la media isla, regulando minuciosamente cada estatus legal según el perfil del solicitante.

Modalidades temporales: trabajo y misión social

Dentro del abanico de residencias temporales, uno de los mecanismos más demandados es la Residencia Temporal Laboral (RT-3), diseñada exclusivamente para quienes ingresan al país con un contrato formal de trabajo. Este permiso cuenta con vigencia de un año y exige requisitos rigurosos, tales como pasaporte con al menos seis meses de validez, visa de negocios múltiples (NM1), acta de nacimiento apostillada y traducida legalmente, constancia de no antecedentes penales del país de origen o de residencia de los últimos cinco años, y una póliza de garantía respaldada por una aseguradora autorizada por la DGM.

Por su parte, la Residencia Temporal para Religiosos (RT-4) atiende a misioneros y representantes de congregaciones que desarrollan labor en territorio nacional. Este visado requiere cartas de patrocinio formalmente selladas, estatutos institucionales y certificación de vigencia expedida por la Procuraduría General de la República (PGR). En caso de pertenecer a la Iglesia Católica, se solicita una carta del Arzobispado para optar por exoneraciones arancelarias. Los familiares directos de estos titulares pueden ampararse en la Residencia Temporal de Dependiente (RT-7), con igual periodo de vigencia anual.

Inversión, rentismo y retiro en Quisqueya

Para perfiles de mayor permanencia, el ordenamiento contempla la Residencia Permanente (RP-1) y la Residencia Definitiva (RD-1), orientadas a directivos corporativos, rentistas e inversionistas que inyectan capital a la economía nacional.

Entre estas facilidades destaca el régimen de residencia por inversión para jubilados y pensionados. Esta categoría abre las puertas a aquellos extranjeros que elijan el país como destino de retiro permanente, exigiendo como condición sine qua non la acreditación de una pensión mensual comprobable mínima de 1,500 dólares estadounidenses (US$1,500.00), emitida por un gobierno, ente público o corporación privada internacional.

El crecimiento continuo de estas solicitudes reafirma el posicionamiento de la República Dominicana como un entorno seguro, dinámico y receptor tanto de fuerza laboral calificada como de capital extranjero para el retiro.